Durante los últimos meses se ha hablado mucho de la Ley 1/2025, aprobada en marzo, que introduce diversas modificaciones en materia de eficiencia procesal y mediación en España. Aunque todavía es pronto para notar cambios significativos, esta ley marca un paso importante hacia una cultura jurídica más orientada al acuerdo y a la resolución dialogada de conflictos.
Uno de los aspectos más relevantes es la obligación, en la mayoría de los procesos civiles, de acreditar un intento de resolución extrajudicial previo antes de acudir a los tribunales. Este intento puede realizarse mediante mediación, conciliación o negociación entre las partes. Según se recoge en la propia exposición de motivos publicada en el Boletín Oficial del Estado, la finalidad de este requisito es reducir la sobrecarga judicial y fomentar una justicia más participativa y sostenible.
La ley, no obstante, contempla algunas excepciones. En determinados procedimientos civiles, como aquellos en los que se busca la tutela de derechos fundamentales o en casos urgentes —por ejemplo, los relativos a medidas cautelares o procesos monitorios—, no será necesario justificar ese intento previo de resolución. Estas excepciones, tal como ha señalado el Consejo General del Poder Judicial en sus informes previos, pretenden garantizar que el acceso a la justicia no se vea limitado en situaciones donde la inmediatez o la protección de derechos esenciales resulten prioritarias.
En la Comunidad de Madrid, la aprobación de esta ley ha despertado un interés particular, ya que puede suponer un impulso para los servicios públicos y privados de mediación que ya funcionan en la región. Aunque la Ley de Mediación de la Comunidad de Madrid existe desde hace años, su aplicación práctica ha sido limitada y hasta ahora no se habían destinado los recursos suficientes para fomentar su uso de forma generalizada.
A día de hoy, los cambios introducidos por la Ley 1/2025 son todavía mínimos y se irán percibiendo de forma lenta y paulatina. Todo apunta a que el verdadero impacto dependerá de cómo se implementen los medios, la formación de los profesionales y el compromiso institucional por fortalecer la mediación como una vía legítima y accesible de resolución de conflictos. En definitiva, esta ley representa una oportunidad para consolidar un modelo más colaborativo y menos litigioso, siempre que se destinen los recursos y esfuerzos necesarios para hacerlo realidad.